El INFONAVIT no revisará el buró de crédito.

Fuente: El Economista

El Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) descartó revisar el Buró de Crédito de los derechohabientes que soliciten un financiamiento, tal y como pretendía la administración anterior.

En mayo del año pasado, las autoridades del Infonavit anunciaron que examinarían el historial crediticio de sus afiliados que quisieran un crédito, con la finalidad de evitar el sobreendeudamiento delacreditado.

Para Alejandro Murat Hinojosa, director general del Infonavit, esta medida no es un tema que esté en la mesa del Instituto, “ni siquiera se ha puesto en la mesa de la Asamblea”.

Aclaró que, al ser un órgano tripartita, se tienen indicadores de perfil de riesgo diferentes a los que maneja el sector privado, debido a que el Instituto es una hipotecaria social y el recurso de la subcuenta es de 
los trabajadores.

“El Infonavit está listo para seguir siendo un motor del sector y del mercado interno del país”, expresó.

Murat Hinojosa recordó el lema que dice que después de 25 meses de cotización cualquier trabajador tendrá un crédito: “Lo que buscamos es hacer un acompañamiento responsable para que ellos sepan las implicaciones financieras y sepan empatar mejor sus necesidades y objetivos”.

Dentro de los planes que la administración anterior del Infonavit tenía en materia de revisión del Buró de Crédito está clasificar a los derechohabientes en tres grupos, de acuerdo con su nivel de endeudamiento.

El primero era el nivel bajo o nulo, donde la solicitud de crédito, seguiría su proceso normal; en el segundo, llamado nivel medio, se retendrá 7.5% del valor de la casa de su subcuenta de vivienda, monto que se quedaría como garantía de pago.

El tercer nivel era el de endeudamiento alto; ahí se retendría 7.5% del valor de la vivienda y además el trabajador únicamente podría ejercer 80% de su monto de crédito aprobado.

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¿Cómo salir de Deudas?

¿Cómo salir de Deudas?

Si tu economía ya es muy complicada y ya no puedes pagar ni los mínimos de tus deudas cada mes, entonces ya una reestructura de tu deuda no es una opción. Ante este tipo de situaciones lo que buscaremos será una Quita mediante la cual, podrás liquidar tus deudas con una fracción del monto total.

Aquí, los pasos básicos para que puedas resolver este tipo de problemas.

Como podrás ver, la información es pieza clave.

A continuación, algunos enlaces con información más detallada sobre el tema:

¿Cómo funciona nuestra estrategia?

¿Cómo negociar correctamente?

Todo sobre las demandas y los embargos.

¿Qué es Defensa Del Deudor?

¡Bienvenido a la Sociedad Civil de ayuda al deudor más grande de México!

Más de 35,000 deudores UNIDOS e INFORMADOS de sus derechos.

No te ahogues en tus deudas!

¡Has llegado al lugar indicado!

Defensa Del Deudor NO es una “reparadora de crédito”. Defensa Del Deudor es un movimiento social que ayuda a los deudores a liquidar sus deudas de una forma organizada y efectiva. Aplicando una estrategia comprobada, cualquier deudor podrá liquidar sus deudas totalmente y alcanzar la libertad financiera.

Nuestros asesores expertos te guiarán y con asesorías perfectamente claras podrás conocer con exactitud el lugar en el que te encuentras en relación a tus deudas jurídicamente hablando.

La información será tu mejor arma y aquí encontrarás toda esa información de forma real y apegada a las leyes que regulan a las instituciones financieras y el ámbito mercantil general en la república mexicana.

A continuación, te presentaremos un reportaje para Hora 21 donde hablamos de algunos trucos que usan los cobradores para recuperar la cartera vencida, así como las mejores opciones que tiene el deudor para poder defenderse:

¿Realmente somos confiables?

Totalmente. 

Somos la organización de ayuda al deudor más importante, grande y prestigiosa de México. Los medios más importantes del país continuamente solicitan nuestra ayuda y opinión sobre todos los temas relevantes y de interés para el deudor e incluso difunden y recomiendan nuestras estrategias y respaldo cómo excelentes opciones para resolver cualquier problema generado por deudas.

Puedes ver los diferentes medios en los que hemos participado dando clic aquí

¿A quien ayuda la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor?

A todas las personas responsables que deseen pagar sus deudas pero que por causas ajenas a su control (pérdida de empleo, bajas ventas en su negocio, enfermedad, etcétera) no puedan hacerlo en estos momentos.

Todas esas personas recibirán de inmediato:

  • Valoración de su caso.
  • Asesorías legales.
  • Consejos financieros.
  • Diseño de una estrategia basada en su caso particular.
  • Y todo el apoyo y protección que necesiten.

¿Tienen algún costo las asesorías?

No. El 100% de nuestras asesorías son completamente gratuitas e ilimitadas.

Todas nuestras asesorías las podrás obtener por cualquiera de los siguientes medios:

Foro: Nuestro foro de asesoría legal que trabaja 24/365. Simplemente registrate, conectate y expón tu caso. (Info. aquí)

Telefóno: Llamando a nuestras oficinas podrás obtener asesoría legal por parte de uno de nuestros asesores. (Info. aquí)

En persona: Puedes solicitar una asesoría en persona directamente en nuestras oficinas. (Info. aquí)

Radio DDD. Mediante nuestra estación de Radio por Internet, durante nuestros programas en vivo. (Info. aquí)

¿Pero y si deseo que Defensa Del Deudor me represente ante mis acreedores?

En ése caso se hará una valoración de tu caso y si existe un riesgo real de una demanda en tu contra por las distintas deudas que tienes, entonces podrás solicitar ser afiliado a Defensa Del Deudor, S. C. y obtener nuestra representación legal total desde tan solo $6.50 al día. (+ Info. aquí)

¡Ahora ya no estas solo! Nosotros te vamos a ayudar.

 

¿Cómo hacer una Dación en pago?

Cuando ya no podemos pagar existen opciones.

Cuando tenemos una deuda con un bien en garantía, como una casa o un automóvil y ya no tenemos la capacidad para seguir pagando, existe la opción de regresar el bien en cuestión a nuestro acreedor y que con eso, se cancele la deuda en su totalidad. A esta estrategia financiera se le conoce como: Dación en pago.

La dación en pago consiste en recibir el acreedor, con su consentimiento, un bien (mueble o inmueble), poniendo fin a un adeudo no liquidado.

Se necesita que exista una obligación preexistente, pues de lo contrario sería una obligación sin causa, y podría repetirse el pago por indebido, pues se produciría un enriquecimiento del que aparecía como acreedor, y un empobrecimiento del supuesto deudor, sin causa que lo justifique.

El Código Civil Federal de México explica que queda extinguida la obligación cuando el acreedor recibe un bien como pago, y si se produce laevicción de la cosa dada en pago, ésta quedará sin efecto, renaciendo la obligación primitiva.

No están facultados para recibir pagos por entrega de bienes, los representantes del acreedor, ni los voluntarios ni los necesarios.

REQUISITOS PARA DACION EN PAGO:

Todo esto requiere fe pública y se debe realizar el tramite ante un Notario.

1.- Título de propiedad del inmueble que se pretende dar en pago. (escritura con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad) o carta factura del vehículo.

2.- Si adquirió primero un terreno y después construyó, o se ampliaron las construcciones, además se requiere presentar:

Licencia de uso de suelo.
Alineamiento y número oficial.
Licencia de construcción o ampliación según sea el caso.
Aviso o manifestación de obra privada o ampliación según el caso.

3.- Si el inmueble está sujeto a Régimen de Propiedad en Condominio, se requerirá:

Reglamento del condominio.
Copia de la escritura de la constitución del Régimen (si cuenta con ella).

4.- Acta de matrimonio del (los) propietarios del inmueble (si cuando adquirió éste estaba casado).

5.- Si el inmueble que se da en pago es casa habitación y se ha habitado los últimos dos años, presentar recibos de luz, ó de teléfono, ó de gas, ó estados de cuenta de alguna cuenta de inversión de una institución de crédito de los últimos dos años a nombre del vendedor, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes a efecto de estar exenta la dación en pago del impuesto sobre la renta por enajenación. Si se trata de un vehículo; comprobantes del pago de tenencias, seguro y verificación si es el caso.

6.- Boleta de pago del impuesto predial al corriente (si el inmueble se encuentra en el Distrito Federal, se requieren recibos de pago del impuesto predial de los últimos cinco años).

7.- Boletas de pago de los derechos por consumo de agua de cinco años o en su defecto un certificado de no adeudos por consumo de agua.

8.- Generales de las partes (nombre y apellidos según acta de nacimiento, nacionalidad tanto de éste como de sus padres, lugar de nacimiento , fecha de nacimiento , acupación estado civil y domicilio).

9.- Si alguna de las partes va a estar representado al momento de la escritura, se requerirá el poder ante notario en el cual consten las facultades de representación, así como los generales del apoderado.

10.- Si alguna de las partes es una sociedad, se requerirá además:

Acta constitutiva de la sociedad, así como todas las reformas que hubiese sufrido la misma.
Nombre del apoderado, así como sus generales.
Poder notarial o escritura en laque consten sus facultades para representar a la sociedad con facultades adecuadas.

11.- Si alguna de las partes es mexicana por nacimiento pero hijo de padre o madre extranjero, requerirá presentar el certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento correspondiente.

12.- Si alguna de las partes es extranjero, requerirá presentar el documento que acredite su legal estancia en el país y el adquirente requerirá firmar un aviso previo que elaboraremos para presentar a la Secretaría de Relaciones Exteriores.

13.- Identificación oficial: (credencial de elector o pasaporte)

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Respuestas Inteligentes a Amenazas Absurdas (de los cobradores)

Recupera tu ahorro Infonavit vía Afore

¡Recupera tu ahorro!

Recupera tu ahorro Infonavit vía Afore

Las personas que se retiren bajo a ley de 1973 podrán solicitar su dinero por estas dos vías; una identificación oficial, el RFC y la CLABE son necesarios para iniciar con tu trámite.

Las personas que hayan tramitado su retiro a partir del 13 de enero de 2012 bajo la Ley de 1973, podrán solicitar la devolución de su ahorro para vivienda ante el Infonavit o la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) en la que estén registrados, informó este lunes el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a través de un comunicado.

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Infonavit acordaron un mecanismo de operación e intercambio de información para atender a los trabajadores que se pensionen en los términos previstos en la Ley del Seguro Social de 1973 a partir de la fecha señalada (13 de enero de 2012).

Este año se pensionarán cerca de 220,000 nuevos trabajadores bajo este régimen, quienes ya estarán en posibilidad de solicitar sus recursos ante el Infonavit o su Afore, según estimaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social.

“Gracias al acuerdo entre el Infonavit y la Consar se amplían las opciones de contacto y atención al derechohabiente para la devolución de los recursos, garantizando que los nuevos pensionados reciban un servicio de excelencia. Por primera vez, el trabajador recibirá todos sus recursos en una sola exhibición directamente a su cuenta bancaria vía transferencia electrónica”, destacó Víctor Manuel Borrás Setién, director general del instituto de vivienda.

El 12 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reforma de la Ley del Infonavit; en éste, se establece que los trabajadores deben recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda a partir de julio de 1997, siendo responsabilidad del Infonavit la entrega de los mismos.

Antes de esta reforma, al momento de su jubilación los trabajadores recibían en una sola exhibición únicamente las aportaciones de vivienda realizadas por sus patrones entre mayo de 1992  y junio de 1997. El trámite lo debían realizar en las oficinas de su Afore.

“La cuenta individual fue creada justamente para el momento en el que el trabajador llega a la edad de pensión, por ello, es importante que se facilite la obtención de los recursos que son patrimonio individual de los trabajadores”, señaló  Pedro Ordorica Leñero, presidente de la Consar.

Ahora, además de las aportaciones antes mencionadas, al obtener una resolución de pensión se entregarán en una sola exhibición las aportaciones de vivienda acumuladas a partir del 1 de julio de 1997 que anteriormente eran canalizadas al Gobierno Federal para el pago de las pensiones.

La entrega de recursos por parte de la Afore se podrá solicitar presentando únicamente tres documentos:

1)    Identificación oficial,

2)    Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave y

3)    Un estado de cuenta bancario que identifique la CLABE.

Recuerda que si harás el trámite ante el Infonavit, deberás solicitar una cita para que te atiendan y te reembolsen tu ahorro para vivienda.

Es importante que tengas presente que esta devolución está disponible únicamente para trabajadores retirados bajo el esquema de 1973 y que aquellos retirados antes del 13 de enero de 2012 que no hayan iniciado un proceso judicial para recuperar su ahorro para vivienda deberán esperar a que la SHCP determine el proceso de devolución.

Fuente: CNN Expansión.

 

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Preguntas Frecuentes del Deudor

La jurisprudencia de la quita como compensación para el acreedor.

Pagar deudas con un descuento, ¿Es posible?

La jurisprudencia de la quita es descrita como la compensación para el pago de un pasivo con un monto inferior que supone, procede cuando existe una relación económica entre dos personas físicas o morales; por un lado la parte deudora y por el otro la acreedora y las cantidades que la conforman consistan en dinero, se encuentren en moratoria legal y sean líquidas y exigibles, bastando en consecuencia su alegación, aunque no siempre será necesaria la formalidad de un juicio mercantil.

Entonces la figura de la quita desempeña una función satisfactoria y definitiva, para los titulares de créditos, pues anula el deracho para que el acreedor lleve a efecto la prestación debida judicialmente al haber un común acuerdo que satisfaga el pago del pasivo del que emana ése derecho.

Ley General de titulos y operaciones de crédito

ARTÍCULO 8

CONTRA LAS ACCIONES DERIVADAS DE UN TITULO DE CREDITO, SOLO PUEDEN OPONERSE LAS SIGUIENTES EXCEPCIONES Y DEFENSAS:

Inciso VIII.- LAS QUE SE BASEN EN LA QUITA O PAGO PARCIAL QUE CONSTEN EN EL TEXTO MISMO DEL DOCUMENTO, O EN EL DEPOSITO DEL IMPORTE DE LA LETRA EN EL CASO DEL ARTICULO 132.

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¿Qué es el abismo fiscal? Siete claves para entender sus riesgos y consecuencias

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Es una bomba de relojería que, si no se desactiva antes del 1 de enero y se prolonga durante meses, puede provocar un fuerte retraimiento de la economía en EE.UU. e incluso una recesión mundial.

-¿Qué es el abismo fiscal?

-Es una subida generalizada de impuestos que iría acompañada de fuertes recortes del gasto público. Medidas que entrarían automáticamente en vigor si no se llega a un acuerdo antes del uno de enero. Si el desacuerdo se prolonga en la primera quincena de enero se teme alguna turbulencia en las Bolsas. Si el desacuerdo persiste durante meses, el impacto sería mucho más grave y algunos analistas temen una recesión.

-¿Por qué ha de resolverse antes de fin de año?

-El presidente Barack Obama y el Congreso no han sido capaces de ponerse de acuerdo sobre el volumen de gasto público y si se prolongan o no las reducciones fiscales que aprobó el presidente George Bush que expiran el uno de enero de 2013. El pasado mes de agosto se creó un comité bipartidista para alcanzar un compromiso. Y para obligarse a llegar a un acuerdo que limite el abultado gasto público resolvieron que, o se alcanza el compromiso antes del 1 de enero o automáticamente entrarán en vigor fuertes recortes en el gasto público y se eliminarán todas las reducciones fiscales de la era Bush.

-¿Por qué no se ha resuelto aún? ¿Quién tiene la culpa?

-Hay una diferencia de principios fundamental. Los republicanos quieren una drástica reducción del gasto público que adelgace el peso de la deuda. Pero se oponen a cualquier subida de impuestos. Obama es partidario de una reducción más suave del gasto. Quiere prolongar las reducciones fiscales para quienes tienen ingresos inferiores a 250.000 dólares y eliminarlas para las rentas más altas. Los republicanos son partidarios de mantener las reducciones para todos. Ambas partes se han mantenido casi inamovibles en sus posiciones. El portavoz republicano en la Cámara de Representantes, John Boehner, hizo un intento de acercamiento, pero sus propios compañeros de filas le desautorizaron al votar en contra de la propuesta.

-¿Qué pasará si no se resuelve?

-Si el uno de enero no se ha llegado a un acuerdo, se eliminarán todas las reducciones fiscales (lo que supondrá una fuerte subida de impuestos) y se ejecutarán fuertes recortes del gasto público en áreas tan fundamentales como Defensa y ayudas al empleo. Se calcula que el «abismo» tendría un impacto de 550.000 millones de dólares que dejarían de circular por la economía norteamericana, un 3,5 por ciento del PIB de Estados Unidos.

-¿El abismo fiscal solo afecta a EE.UU. o puede tener repercusiones en otros países?

-Todo lo que ocurra en la economía de Estados Unidos tendrá una repercusión automática sobre la economía mundial. El «abismo fiscal» supondrá un retraimiento de la actividad económica en Estados Unidos que tendrá consecuencias negativas sobre el resto del mundo. En las primeras semanas de enero puede que el impacto sea más limitado, pero a medida que se prolongue la crisis, mayor será la amenaza sobre el crecimiento. Si el desacuerdo se alarga durante meses, Estados Unidos podría entrar en recesión, y todos los demás países se verían muy negativamente afectados.

-¿Puede afectar a España de alguna manera?

-Si no hay acuerdo para resolverse el abismo fiscal, la crisis en la eurozona pasaría a un segundo plano, pero no porque esta se haya resuelto, sino porque ha estallado una crisis internacional más grave. España es muy sensible a cualquier presión sobre la Bolsa. Y a medida que transcurran los días sin acuerdo, el nerviosismo aumentará y, con este, los movimientos convulsos sobre las Bolsas de todo el mundo. Los países más vulnerables, como el nuestro, pueden acusar el golpe sobre todo en las semanas de mayor incertidumbre.

-¿Es la primera vez que EE.UU. se enfrenta a esta situación?

-El año pasado ya se vivió una situación casi idéntica a la actual, cuando la Casa Blanca y los republicanos tampoco se ponían de acuerdo sobre el límite de la deuda pública. Al final, no llegó la sangre al río y hubo acuerdo de última hora, casi a punto de acabar el año, cuando ya parecía irremediable el desacuerdo. Pero este año las diferencias entre la Casa Blanca y los republicanos son incluso mayores que en 2011.

 

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